Los documentos y condiciones necesarias para realizar el matrimonio civil entre colombianos son:
-Solicitud escrita ante el notario por ambos interesados o por intermedio de sus apoderados (Formato suministrado por la notaria).
-Copias auténticas de los registros civiles de nacimiento de los contrayentes, que no tengan más de tres meses de expedidas. Se requiere la copia completa que incluya todas las anotaciones de estados civiles anteriores.
-Documento de identificación de los contrayentes.
-Si uno de los contrayentes tiene entre catorce y dieciocho años, debe traer una autorización escrita de sus padres. El notario no puede casar a menores de catorce años.
-Si tiene hijos comunes, anexar las copias de los registros civiles de nacimiento.
-Para el caso de hijos no comunes, que se encuentren bajo su patria potestad o bajo su guarda, se debe presentar inventario de los bienes que sean de su propiedad y que estén bajo administración de quien pretenda casarse. El inventario lo elaborará el curador designado según la ley. sobre este trámite, consultar al notario.
-Quienes se casaron por matrimonio religioso, no están obligados a casarse por lo civil. Solo deben hacer el registro civil en notaria o en la oficina de Registro del Estado Civil con la partida de matrimonio eclesiástica o con el certificado de la religión reconocida por el Estado.
Tiempos de entrega: Consulte con el notario, dado que la celebración del matrimonio depende de las características particulares de los contrayentes y del cumplimiento de los trámites legales.
Contacto: Para más información comunicarse al número 3150046 Ext 106