Disolución y liquidación de sociedad conyugal

Es la separación de los bienes que han adquirido los cónyuges, desde el momento del matrimonio hasta el momento que deciden terminar la sociedad de bienes. Esta separación puede hacerse con motivo del divorcio de la pareja o incluso dentro del matrimonio. A partir de dicha repartición, se termina la sociedad de bienes.

Los documentos necesarios para la disolución y liquidación de sociedad conyugal son:

-Los cónyuges deben ser plenamente capaces y deben obrar de común acuerdo.

-Documentos de identificación.

-Copia auténtica del registro civil de matrimonio.

-Si entre los bienes que hayan adquirido los cónyuges y que se pretendan repartir hay inmuebles, se deben presentar los certificados de tradición, paz y salvo por impuesto predial y por valorización. Si el inmueble está sometido a propiedad horizontal, se necesita también el paz y salvo del pago de administración.

-Si en el inventario se incluyen deudas, debe presentarse el documento que lo pruebe.

-Si la sociedad se terminó como consecuencia del divorcio o por cesación de efectos civiles, o por la separación de cuerpos o de bienes, o por nulidad del matrimonio, se debe registrar esta terminación en la copia del Registro Civil de Matrimonio para poder iniciar la separación de bienes.

Tiempo de entrega: Consulte con el notario, debido a que esta diligencia depende de las características de los bienes que se van a repartir y del cumplimiento de los requisitos legales.