Es la manifestación ante juez o notario de la unión entre dos personas, que a pesar de no estar casadas, han convivido permanentemente en unión libre por un mínimo de 2 años. Esta manifestación se realiza por medio de escritura pública y lleva la firma del notario.
Para realizar la declaración de unión marital de hecho los documentos y condiciones necesarias son:
-Presentar solicitud por escrito con nombre y cédula, dirigida al notario.
-Copia del Registro Civil de Nacimiento de cada uno de los compañeros permanentes. Los registros deben estar vigentes.
-Copia de las cédulas de ciudadanía.
-En caso de existir hijos menores por fuera de la unión marital de hecho, se deberá presentar inventario de los bienes que sean de su propiedad y que estén bajo administración de quien pretenda declarar su unión. El inventario será elaborado por el curador que designe la ley.
Tiempo de entrega: Dos días hábiles siguientes a la firma de la escritura pública.