Corrección componente de identidad sexual en el Registro Civil de nacimiento

Este proceso consiste en cambiar el género que ya determinado en el Registro Civil de Nacimiento, es decir, masculino (M) o femenino (F). Para las personas con cédula otorgada antes de marzo del año 2000, se les asignará un nuevo número de identificación.

Una vez corregido el componente sexo mediante escritura pública, este trámite no podrá volver a realizarse hasta pasados 10 años. Se debe adelantar, en la Registraduría Nacional del  Estado Civil, el cambio en la cédula de ciudadanía.

Para realizar la corrección del componente de identidad sexual en el Registro Civil de nacimiento son necesarios los siguientes documentos y condiciones:

-Presentar solicitud por escrito con nombre  y cédula, dirigida al notario.

-Copia del Registro Civil de Nacimiento.

-Copia de la cédula de ciudadanía.

-Declaración bajo la gravedad de juramento, en la que la persona interesada exprese su voluntad de realizar la corrección de la casilla del componente sexo en el Registro Civil de Nacimiento y sus justificaciones.

Tiempo de entrega: Se expedirá la escritura pública hasta cinco días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud.